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I.V.A., amenazas y ComunidadNota de Prensa. Febrero de 2.003 El Juzgado de Instrucción núm. 2 de Gavà ha admitido a trámite la demanda presentada por Juan Rodríguez contra la Comunidad de Propietarios Jaume I, 4/16, de Begues. La demanda se basa en las presiones sufridas para que aceptaran gastos sin I.V.A., en la negativa de la Comunidad para acreditar con facturas los gastos realizados, así como en el incumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal y de los Estatutos de la Comunidad. Los hechos denunciados se inician en febrero del 2.001 cuando la Comunidad, presidida por D. Antonio Caballero, y con la única oposición de los demandantes, decide ejecutar, entre otras, la motorización de las puertas de los garajes comunes sin factura para así evitar el I.V.A. A los demandantes se les niega el mando a distancia como medida de presión, a la que se suman otras actuaciones antisociales tendentes a coaccionarles, incluidas las amenazas contra ellos y su hija, a la sazón de 2 años de edad. Por estas amenazas, ya fue condenado en su momento el co-propietario D. Francisco Alcázar, sin que la Comunidad de Propietarios se haya desmarcado de las mismas. La demanda también denuncia modificaciones en la cuotas de participación contrarias a la Ley de Propiedad Horizontal y la instalación de lámparas exteriores, en todas las casas excepto en la del demandante. Los demandantes, ante la hostilidad sufrida por parte de sus vecinos durante meses, argumentan la necesidad de cambiar de domicilio lo que les conllevaría un serio quebranto económico por la pérdida de las deducciones fiscales aplicadas en la adquisición de su actual vivienda, y cuyo importe, en la cuantía que fije la A.E.A.T. se le reclama a la Comunidad. La demanda también solicita que la Comunidad aporte las facturas reclamadas, les abone un mando a distancia, instale el fanal omitido, así como una indemnización por daños y perjuicios en la cuantía que el Juzgado estime oportuna. La demanda admitida a trámite se suma a las denuncias tramitadas ante la A.E.A.T., contra la Comunidad y su Administrador, y la cursada contra este último ante su colegio profesional. |
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Juan Rodríguez [Consultor]
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